Antes de iniciar un viaje con tu mascota, debes tener en cuenta que los desplazamientos de los animales de compañía están regulados por normas sanitarias comunitarias o nacionales para garantizar tu salud y la de los demás.
En la siguiente publicación, Aena y el Ministerio de Alimentación y Medio Ambiente te ofrecen información básica sobre las normas sanitarias:
Reglamento UE577/2013. Ed. 2014
Para más información, consulta:
El incumplimiento de las correspondientes normas te pone en peligro a ti y a tu mascota y además supondrá que tu mascota no pueda volver a entrar en la UE, su cuarentena o, incluso, su sacrificio.
Los animales braquicéfalos son perros y gatos que tienen el hocico excesivamente corto, chatos y con la cabeza proporcionalmente muy ancha. Por seguridad de estas mascotas no podemos transportar algunas razas de perros y gatos en la bodega del avión ya que corren un mayor riesgo de sufrir golpes de calor y trastornos respiratorios cuando se exponen al estrés o a altas temperaturas. Si tu mascota es una de ellas, solo puedes llevarla contigo a bordo siempre que cumpla con las condiciones para el transporte en cabina. Las razas son las siguientes:
Dos mascotas podrán viajar en un mismo transportín cumpliendo las siguientes condiciones:
Al no tratarse de perros que hayan recibido un entrenamiento específico (a diferencia de los perros guía) y con el fin de preservar la seguridad en vuelo y el bienestar del perro, se debe considerar su tamaño y peso a la hora de aceptarlos al vuelo, y debe cumplir los siguientes requisitos:
En ningún caso se admitirán animales que por sus características especiales, mal olor, etc. puedan ser molestos para el resto de pasajeros y la tripulación.
Perros y gatos que no reúnan las condiciones para viajar en cabina, deberán viajar en la bodega del avión, y deberán cumplir los siguientes requisitos:
Sedar a los animales no es recomendable porque baja la presión sanguínea del animal. Puede ser contraproducente su combinación con la presión del aire a altitudes elevadas. Se podrán usar sedantes u otros medicamentos si se lleva a cabo bajo prescripción veterinaria.
Mediante llamada a nuestro call center y con una antelación mínima de 48 h laborables, le tramitaremos la solicitud de dicho transporte.
Normas válidas solo para vuelos punto a punto con Plus Ultra Líneas Aéreas. En viajes interlineales (que interviene más de una compañía) será necesaria la confirmación de aceptación por cualquier transportista de continuación.
El Consulado General informa de los requisitos que establece el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral que debe cumplir cualquier persona que deseen ingresar animales al territorio venezolano. Se recuerda al usuario que este trámite no se gestiona ni se presenta ante el Consulado General, sino que los recaudos que se detallan a continuación se deberán entregar o realizar a la llegada a Venezuela. Requisitos:
Para los usuarios que viajen al exterior del país desde La Isla de Margarita, deberán dirigirse a la oficina del INSAI, ubicada en el Aeropuerto Internacional “Santiago Mariño".
La mascota de apoyo emocional o terapia brinda un soporte emocional o cumple una finalidad terapéutica para personas con alguna discapacidad. Los animales de apoyo emocional solamente serán aceptados en vuelos de la ruta a/desde USA; por lo tanto, en las demás rutas el cliente deberá pagar el servicio de la tarifa de mascotas indicada.
Aseguramos el servicio para los vuelos operados y reservados con Plus Ultra Líneas Aéreas cuando la petición se haya hecho con al menos 48 horas de antelación a la salida del vuelo. La mascota deberá cumplir con el peso y medidas estipuladas por la compañía, presentes en este artículo. Cualquier animal que sobrepase las limitaciones o no cumpla los requisitos, no podrá realizar el viaje. Tampoco está permitido el transporte como perro de terapia o de apoyo emocional a los pertenecientes a razas catalogadas como peligrosas (según determina el Real Decreto español 287/2002, de 22 de marzo).
Requisitos
Se debe aportar la documentación justificativa, emitida dentro de 1 año anterior al vuelo, firmada por un médico o profesional colegiado en especialidad de salud mental, certificando lo siguiente:
Esta documentación podrá ser requerida en cualquier momento del viaje.
Todos aquellos animales de compañía que viajen a España desde un tercer país sin presentar una prueba serológica de anticuerpos frente a la rabia válida conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 576/2013 y que, por lo tanto, sean objeto de una autorización excepcional por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en base al artículo 32 del citado Reglamento, deberán viajar como carga para facilitar el control a su llegada, de tal manera que sean derivados a la terminal de carga, donde serán controlados por los inspectores de Sanidad Animal.
Descarga nuestras indicaciones en los siguientes enlaces:
Puede consultar aquí la información acerca de los perros de asistencia.